luces obligatorias para mi vehículo-CALLIZO

¿Qué luces son obligatorias para mi vehículo?

La seguridad en la carretera es primordial y ver y ser visto a la hora de circular son dos factores de gran importancia, siendo el elemento fundamental para ello las luces de tu vehículo. De ahí la importancia de saber cuáles son las luces obligatorias para el coche. Dependiendo del tipo de vehículo serán unas u otras las luces que no deben faltar.

En la categoría de automóviles, en la que se incluyen los vehículos ligeros, furgonetas y camiones, son obligatorias las luces de posición delanteras y traseras, las de cruce, las de carretera, la de marcha atrás, los intermitentes, la de la placa posterior de matrícula, antiniebla trasero, los catadióptricos traseros no triangulares y la luz en el interior del habitáculo. Por otra parte, las luces obligatorias si el vehículo supera los 6 metros de longitud son todas las citadas anteriormente más los catadióptricos laterales no triangulares y el alumbrado de posición lateral.

Aquellos vehículos que pertenezcan a las clases M, N y O que superen los 2,10 metros de anchura, también deben llevar la luz de gálibo obligatoria y los que tengan entre 1,80 y 2,10 metros de ancho tendrán que llevarla de modo opcional.

Una luz especial que sólo deben de llevar algunos vehículos es el marcado reflectante de su contorno que permite percibir, en condiciones de baja visibilidad el perímetro de su parte trasera y lateral. Es obligatoria para los vehículos que superan los 2,10 metros de ancho y 6 metros de largo entre los que están:

  • Vehículos destinados al transporte de mercancías con al menos 4 ruedas y masa máxima superior a 7,5 toneladas. Se exceptúan los chasis cabinas, vehículos incompletos y cabezas tractoras para semirremolques.
  • Remolques y semirremolques con masa máxima superior a las 3,5 toneladas.

¿Qué luces son necesarias para remolques y semirremolques?

Los remolques y semirremolques deberán contar de forma obligatoria con las siguientes luces: intermitentes, luz de frenado, luz de la placa posterior de matrícula, luz de posición trasera, antiniebla trasera y catadióptricos traseros triangulares, delanteros no triangulares y laterales no triangulares. Además, si el ancho del vehículo supera 1,60 metros debe llevar también luz de posición delantera, y si pasa de los 2,10 metros también llevará luz de gálibo y si la longitud sobrepasa los 6 metros, tendrá que añadir la luz de posición lateral.

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